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ECONOMÍA

9 de enero de 2024

Se informó e valor de la tasa de interés para las operaciones con tarjeta de crédito durante enero del 2024

Señalaron desde la Defensoría del Pueblo que, a través de la Comunicación B, publicada en el Boletín Oficial en el día de la fecha se fijó la nueva tasa de interés para las tarjetas de crédito.

Sugirieron a todos los titulares de tarjeta aplicar las siguientes medidas, para evitar abultados endeudamientos:

Lo primero que se debe intentar es pagar más del mínimo cada mes, si es posible el saldo completo, * Si no se puede, se debe buscar pagar una cantidad que sea significativamente mayor al mínimo para reducir la deuda principal.

Durante todo ese tiempo, recomendamos no hacer uso de la tarjeta de crédito para nuevas compras.-

 

Indicaron desde la Defensoría del Pueblo que, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó hoy el valor de la tasa de interés aplicable para las operaciones con tarjeta de crédito realizadas durante enero de 2024 para quienes pagan los importes mínimos o quieren refinanciar sus deudas.

Esto se concretó a través de la Comunicación B, publicada en el Boletín Oficial, donde la entidad monetaria dispuso que la tasa ascenderá al 140,86% promedio mensual ponderado por monto y medida en porcentaje nominal anual.

“El valor de la tasa de interés del sistema financiero para operaciones de préstamos personales sin garantía real que se menciona en el punto 2.1.2. de la sección 2 de las normas sobre tasas de interés en las operaciones de crédito, correspondiente a la información de diciembre 2023, será aplicable para las operaciones del ciclo de facturación de enero 2024”.

Esta tasa se aplicará cuando el cliente no abone el pago mínimo indicado en el resumen mensual y se calculará sobre el importe no cancelado exigible. De esta forma no podrá capitalizarse.

Además, la comunicación señala que el valor también se aplicará sobre saldos financiados entre las fechas de vencimiento donde surgiera el monto adeudado.

Por otra parte, la Comunicación A 7937 del BCRA, dispuso que la tasa no podrá superar en más del 25% la cifra promedio del sistema financiero para las operaciones de préstamos personales sin garantía real.

 

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