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LOCALES

8 de diciembre de 2023

La Justicia ordenó a UTA designe la nómina de choferes para el servicio de emergencia bajo apercibimiento

Gialluca resaltó el Fallo de la Jueza del Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, Dra. María Lourdes Leliur, quien suscribió la medida, donde una vez firme, en el plazo de dos (2) horas contadas a partir de su notificación, se deberán designar los choferes para el Servicio de Emergencia, bajo apercibimiento de sanciones conminatorias y con autorización para dar intervención a la Fuerza Pública y garantizar que se brinde el citado a favor de los vecinos de la Ciudad de Formosa-

El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, Intimó a la UTA Seccional Formosa que conduce hasta ahora el Secretario General Diego Mendoza, “a que, en el término de 2 horas informe al Organismo de la Constitución y a la Empresa Crucero del Sur Agrupación, la nómina de los conductores que deberán prestar el -Servicio de Emergencia- conforme lo establecido en las Ordenanzas Nº 7.088/17, 2.143/89, el Contrato de Concesión, Art. 24 de la Ley Nº 25.877 y los arts. 7, 8, 9, 10 y ccdtes. del Decreto Nº 272/06 y lo resuelto por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial en el Fallo Nº 19.935 que establece la obligatoriedad de garantizar la prestación del servicio de transporte urbano de pasajeros con una regularidad de 2 horas entre una unidad y otra en todo el recorrido de las líneas habilitadas, más el Fallo de fecha 7 de diciembre del corriente mes y año dictado por el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, a cargo de la Dra. María Lourdes Leliur”. 

 

La Intimación Administrativa, fue recepcionada por Sosa Alejandro David en la Seccional UTA Formosa.

 

El Funcionario Provincial, advirtió que el derecho a huelga no es absoluto y se encuentra debidamente reglamentado, por ello, es que, “la huelga, en las sociedades actuales ha dejado de ser un enfrentamiento entre dos sujetos (trabajadores frente a los empleadores o el Estado), sino que además existe un tercero afectado: el “vecino o usuarios”, que es un sujeto pasivo indirecto, y al cual, el ejercicio de la huelga lo afecta en sus derechos también protegidos y garantizados constitucionalmente.

 

Entendemos entonces que, la Delegación de UTA de nuestra provincia tiene que recapacitar y cumplir con las normativas vigentes y los fallos judiciales firmes.

 

Añadió el Ombudsman que, paralelamente hemos reiterado las solicitudes de distribución equitativa de los subsidios nacionales, pero frente a la actual transición gubernamental, “no se puede dejar sin un servicio público indispensable a la gente; hasta tanto el nuevo Gobierno Nacional defina o elimine todo tipo de ayuda, con lo cual, cada pasajero deberá pagar una tarifa aproximadamente de $835 según la Empresa Crucero del Sur o defina una asignación de compensaciones que no signifiquen 44 mil millones de pesos para 18 mil colectivos en CABA y tan solo 11.500 millones para 14 mil colectivos del Interior del País, como viene sucediendo hasta hoy”.



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