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ECONOMÍA

29 de enero de 2024

Qué pasa si me excedo en el monto de la factura del monotributo

A través de la Resolución General 5480/2024 publicada en el Boletín Oficial, AFIP extendió el plazo para realizar la recategorización hasta el 5 de febrero. Pero, ¿qué sanciones aplica el organismo si me excedo en la factura y no me paso de categoría?

Luego de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 5 de febrero, muchos autónomos se preguntan que sucede si no se realiza el trámite en caso de excederse en el monto de la factura.

En primer lugar, es importante dejar en claro que la AFIP sostiene que todos aquellos que hayan facturado un monto superior deberán pasar de categoría. Sin embargo, el trámite para los inscriptos al Régimen Simplificado vencía el lunes 22 de enero, pero la fecha se amplió tras la publicación de la Resolución General 5480/2024 en el Boletín Oficial.

Según el organismo, "la prórroga del vencimiento responde a razones de administración tributaria, las necesidades de los contribuyentes y las peticiones efectuadas por las entidades representativas de los profesionales en Ciencias Económicas". Además, explica que "tendrán que recategorizarse los contribuyentes cuyos ingresos hayan sido superiores o inferiores a los de la categoría vigente", por lo que quienes mantengan la misma categoría o tengan menos de seis meses de actividad se encuentran exentos. Conocé cuáles son los máximos y cómo gestionar este trámite.

Qué sucede si me excedo en la factura del monotributo

En el caso de que un contribuyente exceda los límites de facturación de su categoría, corresponderá que se recategorice en la categoría siguiente o la que corresponda.

Si el exceso de facturación es significativo, el contribuyente podría superar incluso los límites de la categoría más alta del Monotributo ("H" en el caso de locación y prestación de servicios y "K" si es venta de bienes muebles), se verá obligado a pasar al régimen general, con una carga fiscal más compleja y obligaciones adicionales.

Cómo hacer la recategorización del monotributo y hasta cuándo se puede hacer

Todas las personas que deban realizar el trámite de recategorización por el aumento o la baja de los ingresos brutos podrán gestionarlo de la siguiente manera:

  • Ingresar a Monotributo|AFIP con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal.
  • Seleccionar la opción "Recategorización".
  • De esta forma, el sistema mostrará la categoría vigente y los topes máximos.
  • Seleccionar la opción "Continuar recategorización".

Informar el monto facturado en los últimos 12 meses:

  • Ingresar los datos correspondientes a la actividad personal, según solicite el sistema, para determinar la nueva categoría.
  • El sistema mostrará la categoría correspondiente. Se recomienda verificar la información brindada.
  • Si los datos son correctos, deberás hacer clic en "Confirmar Categoría", Por último, el sistema te informará si la modificación se realizó de forma correcta y podrás imprimir tu credencial.

La recategorización se puede llevar adelante en dos tramos del año: el primero va del primer día de enero hasta el día 20 y el segundo desde el 1 de julio hasta el 20.

Cuáles son las nuevas categorías del monotributo

Las categorías del Monotributo para este 2024 son:

Venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios:

  • A con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $ 2.108.288,0, pagan una cuota mensual de $12.128,39
  • B con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $3.133.941,63 , pagan una cuota mensual de $13.561,75
  • con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $4.387.518,23 , pagan una cuota mensual de $15.241,42
  • D con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $5.449.094,55, pagan una cuota mensual de $19.066,46
  • E con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $6.416.528,72, pagan una cuota mensual de $24.526,43
  • F con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $8.020.660,90, pagan una cuota mensual de $29.223,11
  • G con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $9.624.793,05, pagan una cuota mensual de $33.439,61
  • con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $11.916.410,45, pagan una cuota mensual de $56.402,68

Venta de cosas muebles:

  • con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $13.337.213,22, pagan una cuota mensual de $81.121,96
  • J con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $15.285.088,04, pagan una cuota mensual de $93.619,47
  • K con Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive de $16.957.968,71, pagan una cuota mensual de $106,964,65


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