La Convención Constituyente aprobó la modificación del Art 132 de la Carta Magna provincial, que elimina la reelección indefinida para el gobernador y vicegobernador, y establece un máximo de dos mandatos, en una redacción idéntica al Art. 90 de la Constitución nacional.

De esta manera, el nuevo Artículo 132 de la Constitución Provincial quedó redactado de la siguiente manera: “El gobernador y vicegobernador duran en sus funciones el término de cuatro años y podrán ser reelegidos o sucederserecíprocamente por un solo período consecutivo.
Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período”.
Los bloques opositores si bien habían propuesto esta opción, votaron en contra por estar en desacuerdo de una cláusula transitoria presentada por el PJ, que toma al actual periodo del gobernador y vice como el primero, lo cual permitiría postularse para otros dos mandatos, aunque ésta aún no se trató en la sesión. El voto afirmativo fue del Justicialismo y Servin, del bloque Nuevo País.