La Prefectura Naval Argentina informa a los propietarios de embarcaciones menores con un arqueo bruto de dos (2) que deberán efectuar la reinscripción de sus unidades en los registros jurisdiccionales correspondientes, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 01-26 de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación.

El plazo previsto para cumplimentar dicho trámite es de dos (2) años, con fecha de vencimiento el 27 de agosto de 2028. La medida comprende a las embarcaciones inscriptas en la 2ª Agrupación (Mercantes Menores), la 3ª Agrupación (Fiscales) y el Registro Especial de Yates (REY).
La gestión podrá realizarse en la dependencia de la Prefectura Naval Argentina más cercana, donde se brindará asesoramiento a los interesados para facilitar el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
En este sentido, se recomienda a los propietarios realizar el trámite con la debida antelación, a fin de evitar demoras administrativas y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente dentro del plazo establecido.
La Prefectura Naval Argentina reafirma su compromiso con la seguridad de la navegación, el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias y el acompañamiento permanente a la comunidad náutica.