LOCALES
26 de agosto de 2023
Defensoría del Pueblo: qué hacer si el precio de góndola no coincide con el que se cobra en caja

La Defensoría del Pueblo de la provincia indicó que los repetidos aumentos
de precios que se han dado esta última semana “han generado un absoluto desorden en la oferta de productos en los supermercados: un precio en la góndola y otro en la caja, un conflicto que se repite y que inquieta a los consumidores que, al darse cuenta, intentan reclamar a veces sin resultado”.
Ante esto, el ombudsman provincial, José Leonardo Gialluca, denunció que hay comercios que “engañan” con sus precios en góndolas y lo que se debe saber que conforme a la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240 reformada por la 26.361/2008, el único que tiene valor es el precio exhibido. “Por más que en la caja nos digan ‘cambió el dólar hace un minuto’ o ‘vinieron nuevos precios’, al precio de góndola hay que hacerlo respetar.
Esto no solamente ocurre en los supermercados, sino que también se viene dando en otros comercios que ofrecen vestimenta, artículos para el hogar, materiales para la construcción, elementos de higiene, entre otros”, dijo el funcionario. En todos estos casos, subrayó, se debe respetar el precio que está expuesto en la vidriera.
Por esto, que las góndolas indiquen un precio diferente al que luego se termina pagando en la caja, es un claro supuesto de “publicidad engañosa” que puede ser denunciado ante los Organismos de Defensa del Consumidor, esto es la Defensoría del Pueblo y/o la Subsecretaria de Defensa al Usuario y Consumidor.
El art. 8 de la Ley Nº 24.240, bajo la denominación “Efectos de la Publicidad”, establece que “las precisiones formuladas en la publicidad o en anuncios, prospectos, circulares u otros medios de difusión se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor y obligan al oferente”.
Otra es la situación si un producto no tiene precio en la góndola. En este caso, hay que solicitar cuál es el precio del mismo si no lo encuentra.
Algunos supermercados e hiper tienen un lector de códigos para informarlos.
Esos comercios tienen la obligación de exhibir los precios de los productos en forma clara, que se puedan ver y leer con facilidad. “Lo importante es que actualmente, con el uso de la tecnología, se puede fotografiar la góndola donde apareció la diferencia y llevar el ticket de compra a la Defensoría del Pueblo. Además, están obligados a exhibir sus productos con sus respectivos precios y a respetar ese precio publicado (Obligatoriedad de exhibir precios: resolución 07/2002)”, agregó.
El consumidor tiene derecho a la información cierta, clara, detallada y veraz: art 4 ley 24240; a exigir que se respeten las promociones: art 7 ley 24.240 y a que no induzcan a error sobre la existencia o disponibilidad de mercadería, que no “acopien” productos especulando con su precio: ley 26.991 nueva regulación sobre relaciones de producción y consumo, art 10 DNU 274/2019, ley de Defensa de la Competencia.
Finalmente, está previsto que se sancionen las prácticas abusivas (ej. Restringir o limitar la cantidad de productos que deseo comprar) art 2 y 3 ley 27.442 - Defensa de la Competencia.