LOCALES
28 de agosto de 2024
La Justicia Federal ordenó a obra social asistir sin dilaciones a afiliada a quien se le negaba cobertura médica
La -Dirección de Salud y medicamentos- de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, dio a conocer un nuevo Fallo Judicial dictado por la Jueza Federal Nº 2, Dra. María Belén López Macé, Secretaria Civil de la Dra. Alicia Argañaraz.
Mediante el cual, se ordenó a la Obra Social del Personal Ladrillero (OSPL) Delegación Formosa, a que autorice y cumpla en forma ininterrumpida y sin dilaciones con el plan de tratamiento de quimioterapia y cobertura total de las prestaciones médicas prescriptas por el médico tratante por el tiempo que sea necesario a favor de una afiliada de 34 años de edad, quien debió interrumpir la toma de medicamentos, así como de sesiones de radioterapia, frente al incumplimiento y negativa de la obra social antes citada.
La Jueza Federal interviniente, describió el riesgo de vida a la que se expone a la persona, habiéndose constatado el agravamiento de su estado de salud, además de considerar su grave situación económica, ya que la misma cuenta con ingresos que solo provienen del plan social Potenciar Trabajo.
Funda, además, su pronunciamiento, en el art. 42 y 75 Inc. 22 de la Constitución Nacional, haciendo referencia también al art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, donde se reconoce a toda persona el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.
El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, añadió, que la Ley Nº 23.661 que creó el Sistema Nacional del Seguro de Salud, tiene como objetivo fundamental, proveer el otorgamiento de prestaciones de salud, igualitarios, integrales y humanizadas, tendientes a la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud de las personas.