Las entidades que carguen ofertas en estos tramos no competitivos, sólo podrán hacer una orden por CUIL o CUIT de Clientes, se aceptará una sola oferta por inversor y deberá ser menor o igual a un monto de VNO $50.000.000, debiendo consignarse únicamente el monto a suscribir.
Las ofertas que se presenten en el tramo competitivo deberán indicar el monto del VNO a suscribir, el cual deberá ser mayor a VNO $50.000.000 y el precio en pesos de reapertura por cada VNO $1.000 con dos decimales.
Estarán destinados a: personas físicas o jurídicas por montos mayores a VNO $50.000.000, y a todo otro tipo de inversor, que por sus características fue excluido del tramo no competitivo, con una oferta mínima de VNO $1.000.000 y no tendrán limitación de monto máximo a ofertar.
Las ofertas de Lecap, Boncap y Boncer de personas humanas o jurídicas, deberán ser presentadas en tiempo y forma a través de los agentes de liquidación y compensación (integrales y propios) y agentes de negociación registrados en la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Asimismo, en los términos del artículo 2 del Decreto 846/24, la Secretaría de Finanzas invita a los tenedores de la Lecap con vencimiento 31 de enero de 2025 (S31E5) a participar de una operación de conversión de su Título Elegible, por alguno de los Instrumentos de Deuda Pública.
La recepción de las ofertas comenzará a las 11:30 y finalizará a las 15 del miércoles y la liquidación de las ofertas recibidas y adjudicadas se efectuará el 16 de diciembre.