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ECONOMÍA

14 de julio de 2024

Monotributo: nuevas categorías y montos que oficializó la AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer la tabla con las nuevas categorías del monotributo tras la ampliación de los montos máximos de facturación con la ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes).

La tabla de topes de facturación anual completa queda de la siguiente manera:

Categoría A:

- Valor anterior: $2.108.288,01

  - Valor nuevo: $6.450.000   - Porcentaje de aumento: 206%

 

  Categoría B:

 

- Valor anterior: $3.133.941,63   - Valor nuevo: $9.450.000   - Porcentaje de aumento: 202%

 

  Categoría C:

 

- Valor anterior: $4.387.518,23   - Valor nuevo: $13.250.000   - Porcentaje de aumento: 202%

 

  Categoría D:


- Valor anterior: $5.449.094,55

  - Valor nuevo: $16.450.000   - Porcentaje de aumento: 202%

 

  Categoría E:


- Valor anterior: $6.416.528,72

  - Valor nuevo: $19.350.000   - Porcentaje de aumento: 202%

 

  Categoría F:


- Valor anterior: $8.020.660,90

  - Valor nuevo: $24.250.000   - Porcentaje de aumento: 202%    

Categoría G:

- Valor anterior: $9.624.793,05

  - Valor nuevo: $29.000.000   - Porcentaje de aumento: 201%    

Categoría H:

- Valor anterior: $11.916.410,45

  - Valor nuevo: $44.000.000   - Porcentaje de aumento: 269%

 

  Categoría I:


- Valor anterior: $13.337.213,22

  - Valor nuevo: $49.250.000   - Porcentaje de aumento: 269%

 

  Categoría J:


- Valor anterior: $15.285.088,04

  - Valor nuevo: $56.400.000   - Porcentaje de aumento: 269%

 

  Categoría K:


- Valor anterior: $16.957.968,71

  - Valor nuevo: $68.000.000   - Porcentaje de aumento: 301%



Además, las modificaciones en el Monotributo incluyeron:

- Se elimina la discriminación entre obras, locaciones y prestaciones de servicios con la venta de bienes a los efectos de la categorización en el régimen.

  - Aumentan los montos de facturación, precio unitario de venta y alquileres devengados. Según la categoría, los montos de facturación aumentan del 301% al 401% y el monto de los alquileres devengados anuales aumentan del 211% al 309%. El precio máximo unitario de venta para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías.   - Aumentan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. Así como se incrementan los parámetros para el encuadramiento en cada categoría, aumentan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. Para el caso de obras locaciones y prestaciones de servicios, la cuota impositiva aumenta entre el 278% y 510%, la cuota de seguridad social entre el 212% y 343% y la cuota de obra social entre 212% y 214%.

 

  Recategorización del Monotributo: hasta cuándo hay tiempo para hacer el trámite


La recategorización en el Régimen Simplificado es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas dos veces al año (en enero y en julio) para determinar si de acuerdo con los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde subir o bajar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.

Si bien el tiempo para completar el trámite se extendió hasta el 2 de agosto, las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025.


Cómo hacer la recategorización del monotributo, paso a paso

- Acceder al Portal Monotributo: ingresar al sitio web oficial de la AFIP con la Clave Fiscal.

  - Ingresar a la opción recategorización: detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.   - Imprimir la nueva credencial de pago: una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible para su impresión.   - Pago de la nueva categoría: el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.

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